Los cabildos, eran corporaciones municipales originadas en el medioevo español y que fueron extendidoas a América por los conquistadores, fueron una de las instituciones más importantes, a partir de los primeros años de la Conquista, que constituyeron un eficaz mecanismo de representación de las elites locales frente a la burocracia real. Este organo era el representante legal de la ciudad o villa, por medio del cual los vecinos velaban por los problemas judiciales, administrativos, económicos y militares del municipio respectivo y las áreas rurales periféricas que le resultaban subordinadas.
Los cabildos, que inicialmente representaron al conjunto de soldados que participaron en el proceso de conquista, asumieron amplias atribuciones de gobierno y justicia, llegando en algunos casos a nombrar directamente al gobernador, como sucedió en 1541 con Pedro de Valdivia. En los años posteriores, los cabildos tuvieron que hacer frente al establecimiento de la burocracia real, que poco a poco fue acotando su jurisdicción y las atribuciones de estos cuerpos municipales. En el siglo XVII, los cabildos ya habían perdido gran parte de sus prerrogativas, debido a la creación de la Real Audiencia de Santiago (1609). Los cabildos más importantes, como los de Santiago, Concepción y La Serena, mantuvieron una alta cuota de poder en el sistema virreinal, convirtiéndose en las instituciones más representativas de la elite criolla del reyno.
Conformación
Los cabildos estuvieron integrados, en primer lugar, por dos alcaldes electos anualmente y seis regidores, los que conformaron el núcleo de la corporación. Existian cargos importantes tales como:
- Procurador, representante de la ciudad ante el cabildo.
- Mayordomo, encargado de las cuentas municipales.
- Escribano público, que tomaba las actas de las sesiones.
- Alguacil mayor, responsable del orden público y de la cárcel.
- Alférez real, que tenía a su cargo el estandarte de la ciudad.
- Fiel ejecutor, cuya labor era fiscalizar las tiendas y hacer respetar los precios acordados por el cabildo.
- Corregidores, funcionarios reales que presidían las corporaciones y cumplían labores judiciales.
Funciones
Las funciones del cabildo fueron múltiples, y abarcaron los más diversos ámbitos. Velaron por la defensa de la ciudad a través de las milicias, administraron justicia en primera instancia, estuvieron encargados de supervisar a los médicos y cuidar la salubridad pública, tuvieron a su cargo la construcción de obras públicas y la mantención de escuelas de primeras letras, y llevaron el registro de cada uno de los cargos públicos, oficios, títulos de nobleza, marcas de ganado, etc. En el plano económico, el cabildo fijó los precios de venta de artículos y servicios; reguló el funcionamiento de los distintos oficios urbanos; estableció los pesos y medidas y veló por el abasto de la ciudad. Cabe destacar que, los actuales municipios aún mantienen muchas de las funciones, salvo la de fijación de precios y las relativas a los titulos de nobleza entre otras.
Las sesiones del cabildo podían ser de dos tipos: ordinarias y abiertas. Las primeras eran cerradas y sólo participaban los integrantes de la corporación; en las segundas se convocaba a todos los vecinos calificados de la ciudad. En los primeros años abundaron los cabildos abiertos, esta manifestación de soberanía popular se hizo cada vez menos frecuente, en la medida que las corporaciones se burocratizaron, profesionalizaron y pasaron a ser controladas de manera monopólica por la aristocracia criolla.
Cabildo Abierto de 1810
La vieja tradición de los cabildos abiertos volvió a ser utilizada en 1810, con motivo de la prisión del monarca Fernando VII y el nombramiento de una Junta de Gobierno para gobernar en ausencia de éste, y procurar la defensa del reino de las amenzas de postencias extranjeras. Posteriormente, y debido a golpes de Estado de José Miguel Carrera fue desencadenando el proceso de emancipación.
Fuente: Memoria Chilena